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  • APDAYC está regida por el DL 822 Ley de Derecho de Autor y, además, por normativa internacional suscrita por el Estado Peruano. APDAYC pertenece también a la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores CISAC. Cumplimos con reglas profesionales estandarizadas a nivel internacional.
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INTRANET DE MIEMBROS CANTA AUTOR EN RUTA

Este espacio es para hacer un seguimiento a las presentaciones en todo el Perú y a nivel internacional, de nuestros cantautores y autores-ejecutantes. Con la finalidad de asegurar el cobro de sus derechos y regalías que sus presentaciones generen.
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DJS de Interpretes

DECLARACIÓN JURADA DE LOS INTERPRETES

Acopio de Declaraciones Juradas de Intérpretes para los Repartos de Bailes y Espectáculos

Como se conoce, dos de los rubros principales de recaudación para APDAYC son los de Bailes y Espectáculos, los cuales para que pasen a reparto necesitan una planilla de ejecución, documento que debe ser llenado por los artistas, intérpretes o ejecutantes. Según lo indicado en el DL.822 Art.116: “El propietario o conductor o representante encargado responsable de las actividades de los establecimientos donde se realicen actos de comunicación pública que utilicen obras, interpretaciones o producciones protegidas por la presente ley, responderán solidariamente con el organizador del acto por las violaciones a los derechos respectivos que tengan efecto en dichos locales o empresas, sin perjuicio de las responsabilidades penales que correspondan.

Los artistas intérpretes o ejecutantes que comuniquen la obra por encargo de la persona responsable, no responden de dicha ejecución y sólo estan obligados a confeccionar la planilla de ejecución y suscribirla responsabilizándose de su exactitud. En caso de conjuntos musicales, la responsabilidad de dicha confeccion recaerá en el director de aquellos. Si no se puede determinar quien es el director, los miembros del conjunto serán solidariamente responsables por dicha obligación.”.

Por otro lado, existen diversas problemáticas que impiden que nuestros agentes recaudadores tengan el contacto con los artistas, intérpretes o ejecutantes para gestionar el llenado de la Planilla de Ejecución, en los diversos eventos. En tal sentido, la APDAYC ha creado el formato de Declaración Jurada de Intérpretes, que es el documento que complementa la planilla de ejecución, debido a que este documento permitirá detallar el repertorio que el intérprete ejecuta o ejecutará en sus diversas presentaciones en vivo. Cabe resaltar que el llenado de esta declaración Jurada permite al artista:

  1. Acelerar el trámite documentario para dar cumplimiento a lo determinado en el DL 822, el cual no tiene ningún costo alguno.
  2. Encontrarse en constante cumplimiento con lo dictado por la Ley, o sea con los compositores.
  3. Como último y, en principal, permite que el dinero de las obras ejecutadas llegue a los compositores adecuadamente.

Por lo antes indicado, se invita a todo artista, intérpretes o ejecutantes a llenar dicho documento y decir:
Como intérprete yo cumplo con los Compositores

Para realizar la descarga de la Declaración Jurada : AQUÍBuy Kicks2021 adidas Yeezy Release Dates Updated